Reglamento de Régimen Interior
HOSTAL MOSCATEL
De conformidad con la normativa turística vigente, el presente Reglamento de Régimen Interior es de obligado cumplimiento para todos los huéspedes y visitantes del establecimiento. La formalización de una reserva y la permanencia en las instalaciones implica la aceptación íntegra de las presentes normas.
Las personas que se hospeden en el establecimiento, durante su estancia, estarán sujetas a este reglamento, el que se considera un contrato de adhesión que se debe cumplir, en caso contrario, la Gerencia se reserva el derecho de admisión y permanencia.
REGISTRO, Documento de Admisión,
1-. Será requisito imprescindible para hacer uso de las unidades de alojamiento la previa inscripción del usuario, quien presentará el correspondiente documento de identificación. Es obligatorio el registro de todos los huéspedes según la Ley 4/2015 del 30 de marzo de Protección de Seguridad Ciudadana.
2-. A todo usuario del establecimiento hotelero, antes de su admisión, deberá rellenar y firmar un documento de admisión en el que conste, al menos, el nombre, categoría y número de inscripción del establecimiento, número o identificación de la unidad de alojamiento, número de personas que la van a ocupar, régimen alimenticio, fechas de entrada y salida y, cuando el contrato se haya suscrito entre el usuario y el titular de la explotación del establecimiento, el precio del alojamiento.
3-. Está prohibido el registro de menores de edad sin sus tutores legales.
- HORARIOS
- La entrada (check-in) podrá realizarse a partir de las 14:00 horas.
- La salida (check-out) deberá efectuarse antes de las 11:30 horas.
- Las salidas posteriores a la hora establecida podrán generar cargos adicionales.
- “El usuario del establecimiento hotelero tendrá derecho a la ocupación de la unidad de alojamiento desde las 12 horas del primer día del período contratado hasta las 11.30 horas del día señalado como fecha de salida, pudiendo acordarse individualmente un régimen diferente, en cuyo caso deberá quedar reflejado en el documento de admisión.
No obstante, en fechas de máxima ocupación del establecimiento, la empresa hotelera podrá retrasar la puesta a disposición del usuario la unidad de alojamiento por un período de tiempo no superior a dos horas”. Art. 15 del Decreto 47/2004, de 10 febrero, de establecimientos hoteleros.
- “El usuario del establecimiento hotelero tendrá derecho a la ocupación de la unidad de alojamiento desde las 12 horas del primer día del período contratado hasta las 11.30 horas del día señalado como fecha de salida, pudiendo acordarse individualmente un régimen diferente, en cuyo caso deberá quedar reflejado en el documento de admisión.
- IDENTIFICACIÓN DE LOS HUÉSPEDES
- Todos los huéspedes deberán identificarse conforme a la legislación vigente.
- Únicamente podrán alojarse las personas registradas en recepción o mediante el sistema de check-in online.
- Está prohibido el acceso o la pernoctación de personas no registradas.
- MENORES DE EDAD
- Los menores de edad únicamente podrán alojarse acompañados por su padre, madre o tutor legal debidamente acreditado.
- No se admitirán menores alojados solos ni acompañados por personas distintas de sus representantes legales.
- DESCANSO Y CONVIVENCIA
- Se deberá respetar el descanso y la tranquilidad del resto de huéspedes en todo momento.
- Queda prohibido realizar fiestas o reuniones en las habitaciones.
- Queda prohibido poner música mediante teléfonos móviles, altavoces inalámbricos, ordenadores o cualquier otro dispositivo que pueda causar molestias.
- Se deberá mantener un comportamiento respetuoso con el resto de huéspedes, vecinos y personal del establecimiento.
- OCUPACIÓN DE LAS HABITACIONES
- No podrá alojarse un número superior de personas al contratado.
- Cada habitación tiene una capacidad máxima que deberá respetarse en todo momento.
- El incumplimiento de esta norma podrá dar lugar a la finalización inmediata de la estancia.
- PROHIBICIÓN DE FUMAR
- Está prohibido fumar en las habitaciones, baños, zonas comunes interiores y cualquier otro espacio del establecimiento.
- El incumplimiento de esta norma podrá conllevar la finalización inmediata de la estancia.
- MASCOTAS
En Hostal Moscatel entendemos que las mascotas forman parte de la familia y estaremos encantados de recibirlas siempre que se respeten las siguientes normas:
- Se admitirá únicamente una mascota por habitación.
- Solo se aceptarán perros y gatos domésticos con un peso máximo de 10 kg.
- No se admitirán mascotas exóticas, incluyendo, entre otras, reptiles, aves, roedores, arácnidos, animales salvajes o cualquier especie no considerada habitualmente animal de compañía.
Se aplicará el suplemento correspondiente por mascota y noche, de acuerdo con las tarifas vigentes en el momento de la reserva.
Los propietarios serán responsables en todo momento del comportamiento de su mascota, así como de cualquier daño, desperfecto, limpieza extraordinaria o perjuicio ocasionado al establecimiento, a otros huéspedes o a terceros.
Las mascotas deberán permanecer siempre bajo la supervisión de sus propietarios y no podrán quedarse solas en la habitación bajo ninguna circunstancia.
Por respeto al descanso y bienestar del resto de huéspedes:
- Las mascotas deberán permanecer controladas en las zonas comunes.
- No se admitirán animales que presenten comportamientos agresivos o que causen molestias reiteradas.
- Si la mascota ladra, maúlla o genera ruidos que perturben el descanso de otros huéspedes, el establecimiento podrá requerir la adopción inmediata de medidas correctoras.
Queda expresamente prohibido:
- Utilizar camas, ropa de cama, toallas, mantas, almohadas o cualquier otro equipamiento del establecimiento para uso de las mascotas.
- Bañar, asear o cepillar mascotas en los baños o duchas de las habitaciones.
- Dejar conectados aparatos eléctricos destinados al cuidado, alimentación o vigilancia de mascotas cuando estas permanezcan sin supervisión.
En el momento del check-in, el establecimiento podrá solicitar la cartilla o documentación acreditativa de vacunación actualizada de la mascota.
El establecimiento se reserva el derecho de denegar el acceso o dar por finalizada la estancia, sin derecho a reembolso, cuando se incumplan las presentes normas o cuando la mascota genere molestias, riesgos para la seguridad o daños en las instalaciones, al considerarse una condición esencial de la reserva aceptada por el huésped.
- LIMPIEZA Y CAMBIO DE ROPA DE CAMA
Con el fin de optimizar el consumo de agua, energía y productos de lavandería, el establecimiento aplica las siguientes frecuencias de servicio:
- Cambio de toallas cada 2 días.
- Cambio de ropa de cama cada 4 días.
Los huéspedes que deseen cambios adicionales podrán solicitarlos en recepción, aplicándose los siguientes suplementos:
- Cambio extraordinario de ropa de cama matrimonial: 10 € por cambio.
- Cambio extraordinario de ropa de cama individual: 8 € por cada cama y cambio.
Estos importes podrán cargarse a la cuenta de la habitación o abonarse directamente en recepción.
- OBJETOS PERSONALES
- El establecimiento no se responsabiliza de dinero, joyas, documentos u objetos de valor dejados en las habitaciones o zonas comunes.
- Cada huésped será responsable de la custodia de sus pertenencias.
- DAÑOS EN LAS INSTALACIONES
- Los huéspedes responderán económicamente de los daños causados por ellos o por sus acompañantes.
- El establecimiento podrá reclamar el coste de reparación, reposición o limpieza extraordinaria que resulte necesaria.
- SEGURIDAD
- Queda prohibida la manipulación de equipos de seguridad, alarmas, extintores o instalaciones técnicas del establecimiento.
- Los pasillos, accesos y salidas de emergencia deberán permanecer libres de obstáculos.
- Por motivos de seguridad y prevención de incendios, está prohibido fumar en las habitaciones, baños, zonas comunes interiores y cualquier otra dependencia del establecimiento.
- No está permitido utilizar planchas, hornillos, resistencias, calentadores portátiles o cualquier otro aparato generador de calor ajeno al equipamiento suministrado por el establecimiento.
- No está permitido utilizar ladrones, multiplicadores, regletas, adaptadores múltiples o cualquier dispositivo destinado a aumentar el número de conexiones eléctricas disponibles en la habitación.
- No podrán conectarse aparatos eléctricos de elevado consumo no destinados al uso habitual de un alojamiento turístico.
- Queda prohibido cargar o almacenar en las habitaciones patinetes eléctricos, bicicletas eléctricas, baterías de litio de gran capacidad o cualquier otro dispositivo que, a juicio de la Dirección, pueda suponer un riesgo para la seguridad del establecimiento.
El incumplimiento de estas normas podrá dar lugar a la retirada inmediata del dispositivo, a la finalización de la estancia sin derecho a reembolso y, en su caso, a la reclamación de los daños y perjuicios ocasionados.
- DERECHO DE ADMISIÓN Y EXPULSIÓN
La Dirección podrá requerir el abandono inmediato del establecimiento, sin derecho a devolución de las cantidades abonadas, sin perjuicio de las acciones legales que pudieran corresponder, cuando el huésped:
- Incumpla el presente Reglamento.
- Cause molestias a otros huéspedes.
- Mantenga comportamientos agresivos, ofensivos o incívicos.
- Aloje personas no registradas.
- Cause daños en las instalaciones.
- Incumpla las normas de seguridad.
- Realice actividades ilícitas o contrarias a la legislación vigente.
- ACEPTACIÓN DEL REGLAMENTO
La estancia en el establecimiento implica la aceptación y cumplimiento del presente Reglamento de Régimen Interior, así como de las Condiciones Generales de Contratación vigentes.